EL INICIO DE LA "SEP"


Eran las 19:23 minutos en la ciudad de Quito un sábado 26 de febrero del 2011, y un grupo de amigos pertenecientes al Área de Salud, entre ellos médicos, bomberos, paramédicos, ingenieros y estudiantes a fines. Deciden crear la "Sociedad Ecuatoriana de Paramédicos" de sus siglas SEPP-APH con el propósito de acabar con la parsimoniosa actitud establecida en nuestro país, y a la vez romper las cadenas de la mediocridad, estando consientes de que con criterio, seguridad y decisión podían lograr muchas cosas dieron inicio a la difícil pero no imposible tarea de establecer los parámetros legales, laborales, formativos y si bien estatales que primen en el Ecuador.




miércoles, 30 de noviembre de 2011

"SE SUSPENDEN ELECCIONES DE LA SEPP-APH"

Estimados Socios y Socias de la "Sociedad Ecuatoriana de Paramédicos - APH"
PRESENTE.-

De Nuestras Consideraciones:
Tenemos que informar la lamentable suspensión de las elecciones a realizarse el 03 de Diciembre por motivos que a continuación describimos en honor a la verdad.

1.- Se había considerado la posibilidad de hacer en un local apto y que este a la altura del evento a realizarse, pero no pudimos reunir el dinero necesario para el anticipo y reservación del mismo, y ustedes saben que por fiestas de Quito siempre gana el que mejor oferta tiene para arrendar el mismo.

2.- Respecto a los Socios de otras provincias la parte económica y el factor tiempo fueron sus peores enemigos y nos sugerieron el posponer las elecciones, con el compromiso de asistir al evento en la fecha que se pacte a futuro para su realización.

3.- Es lamentable comunicar que el compromiso asumido por muchos compañeros deja mucho que desear, si recordamos una de nuestras obligaciones como socios es el de regularizar y completar de la mejor manera nuestra inscripción, me remito a la Base de Datos al momento constamos con:

Carchi.-
CRE 2

Imbabura.-
CRE 2
IESS 1

Pichincha.-
UCE 24
CRE 10
UTE 31
PANAVIAL 5
EMI 2
CBDMQ 10
EMERMEDIC 4
Ejército Ecuatoriano 1
Consejo Provincial 1
IESS 2
Hospital Militar 2

Manabí.-
Cuerpo de Bomberos 5 

Bolívar.-
CRE 2
911 2

Sto. Domingo de los Tsáchilas.-
Ejercito Ecuatoriano 1

Guayas.-
Salica 1
Ejercito Ecuatoriano 2

En total somos 110 miembros de la SEPP-APH de los cuales 41 tienen completa su documentación y constan en el Registro Oficial como socios activos, lo cual nos imposibilita el llevar a efecto las elecciones ya que no tendrían validez al no completar mas del 50%.

4.- Por otro lado contábamos con POSIBLES CANDIDATOS mas no con candidatos fijos para las elecciones, para las personas que leyeron el TÍTULO V - POSTULACIONES este tomado del Reglamento Interno, las personas tenían que confirmar su deseo de postulación y de ser electo por votación. 

Sin mas argumentos, reafirmamos el compromiso de dar forma a este sueño y creemos firmemente en el cambio de actitud por parte del personal de APH, sin duda este compromiso ahora es mas grande ya que nuestro país lo requiere, estemos preparados para las cosas que talvez nunca podrán ocurrir porque creo que de esta manera erradicaremos esa falsa sensación de seguridad que tenemos en nuestros hogares, éxitos y saludos


Atentamente.-

Dr. Mauricio Carvajal. - PRESIDENTE 
Tlgo. Ciro Farfan. - VICEPRESIDENTE 
TEM. Mauricio Yánez. -  LOGISTICO ADMINISTRATIVO

DIRECTIVA PROVICIONAL SEPP-APH

Reflexiones...

- Hay tres grupos de personas: los que hacen que las cosas pasen; los que miran las cosas que pasan y los que se preguntan qué pasó. (Nicholas Murray Butler)

- El sabio puede sentarse en un hormiguero, pero sólo el necio se queda sentado en él. (Proverbio)

Gracias por su atención...


miércoles, 16 de noviembre de 2011

ELECCIONES SEPP-APH

Por medio de la presente, les hacemos participes a nuestros socios de las elecciones que se llevaran en efecto el día sábado 03 de Diciembre del presente año en las instalaciones del Restaurante "COLUMBIA" ubicado en la Av. Colón Nº 1022 y la Rábida, Esquina.

INFORMACIÓN DE IMPORTANCIA, EXTRACTO "REGLAMENTO INTERNO SEPP-APH 2011"

POSTULACIONES
Capítulo I
Disposiciones Generales
Postulaciones
Artículo 43. A los efectos del Reglamento Interno, se entenderá como postulación, el acto mediante el cual se presentan para su inscripción ante la SEPP-APH a los y las aspirantes a ser elegidos o elegidas para los cargos de elección, previo cumplimiento de los requisitos exigidos.

Temporalidad de las postulaciones
Artículo 44. El Cronograma Electoral establecerá los lapsos previstos para las postulaciones.
Las postulaciones consignadas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral, serán extemporáneas y se tendrán como no presentadas.

Automatización de las postulaciones
Artículo 45. El procedimiento para las postulaciones será automatizado. No obstante, para garantizar el acceso a las postulaciones, la SEPP-APH podrá establecer que las mismas se realicen en forma manual en que impidan o dificulten el acceso al sistema o que no justifiquen su implementación automatizada.

Capítulo II
Postulantes y Condiciones para Postularse

Extensión de los lapsos de postulaciones
Artículo 46. La SEPP-APH podrá extender el lapso de postulaciones en un proceso electoral mediante resolución debidamente motivada, sin afectar las etapas subsiguientes del mismo.

Derecho a postular
Artículo 47. Únicamente tendrán derecho a postular candidatos y candidatas para los procesos electorales regulados en el presente Reglamento Interno, los siguientes:
1.Los grupos de electores y electoras.
2.Los ciudadanos y las ciudadanas por iniciativa propia.
3.Las comunidades u organizaciones.

Grupos de electores y electoras
Artículo 48. Los grupos de electores y electoras son organizaciones conformadas por ciudadanos y ciudadanas debidamente inscritos o inscritas en la SEPP-APH, los cuales tienen como única finalidad postular candidatos o candidatas en un determinado proceso electoral, en el ámbito administrativo que corresponda.

Creación e inscripción de los grupos de electores y electoras
Artículo 49. El procedimiento para la creación e inscripción de los grupos de electores y electoras será establecido por el Consejo Nacional Electoral mediante reglamento emitido al respecto.

Derecho a postulación
Artículo 50. Las organizaciones con fines políticos y los grupos de electores y electoras, podrán postular a una misma persona para un determinado cargo de elección sin más limitaciones que las establecidas en el Reglamento Interno.

Postulación por iniciativa propia
Artículo 51. Cualquier elector o electora puede postularse por iniciativa propia con sus nombres y apellidos, únicamente para los cargos de elección electos mediante la vía nominal.

Requisitos para la postulación por iniciativa propia
Artículo 52. Para postularse por iniciativa propia, los electores o las electoras deberán presentar todos los requisitos exigidos por la SEEP-APH para optar al cargo de elección.

Verificación de documentos
Artículo 53. La Comisión Electoral mediante el procedimiento dictado por la SEPP-APH en el reglamento correspondiente, será la encargada de verificar y certificar el número mínimo de firmas de respaldo exigido en el artículo anterior para las postulaciones efectuadas por iniciativa propia.

Requisitos y condiciones para postularse
Artículo 54. Los requisitos y condiciones para que los electores y las electoras puedan postularse a los distintos cargos de elección popular, son los que se encuentran establecidos en el Reglamento Interno de nuestra sociedad.

Prohibición de postulación
Artículo 55. Ningún elector o electora podrá postularse en los siguientes casos:
1. Al haber creado actos de indisciplina o deslealtad a la SEPP-APH.
2. Ninguna representante de organizaciones con fines políticos o grupos de electores y electoras ya postulados oficialmente en otros periodos.
3. El que por motivos de fuerza mayor estipulados en el Reglamento Interno lo prohíban.

NOTA: PARA LA FECHA Y HORA DESIGNADA, SE RECEPTARA LA FICHA DE INSCRIPCIÓN Y COPIA DE DOCUMENTOS DE LOS NUEVOS SOCIOS.



EL SER HUMANO ES CAPAZ DE LOGRAR COSAS INIMAGINABLES, SIEMPRE Y CUANDO TENGA UNA META QUE SEGUIR Y UNOS OBSTACULOS QUE SALTAR. 
TODO ES CUESTIÒ​N DE ACTITUD¡​¡​¡​¡​